Courier privado

Courier privado para individuos vs comercial: cuáles son las diferencias

Si bien el courier privado para individuos como el comercial permiten traer mercadería con pocos trámites, existen algunas diferencias 

Históricamente, adquirir bienes importados ha sido un verdadero desafío. Entre los problemas habituales se encuentran los extensos, costosos y engorrosos trámites. No obstante, en el último tiempo, la modalidad se ha vuelto más simple para una gran cantidad de productos gracias a la modalidad “courier privado”.

Se trata de un esquema que permite, de forma simple y rápida, adquirir productos tanto de consumo personal como para la reventa, sin trámites burocráticos. No obstante, dependiendo si se traen bienes para consumo personal o bajo el esquema “comercial, existen marcadas diferencias.

Courier privado vs comercial: las diferencias 

Se trata de un servicio en el que participan empresas privadas, con envíos veloces y seguros, en el que las personas pueden comprar de forma simple bienes del exterior. Tanto en el courier comercial como en privado, el límite es de 50 kilos por paquete, independientemente del envío total, y el valor máximo por operación es de USD 3.000 FOB.

La principal diferencia del privado con la modalidad “comercial” es que la primera cuenta con una franquicia de USD 400. Es decir, las personas no abonan aranceles de importación por los primeros USD 400.

No obstante, se debe cumplir con los siguientes requisitos:

  • Tiene que tratarse de productos para consumo personal
  • No puede haber intenciones comerciales
  • No se puede traer más de 3 productos de la misma especie

Además, el límite es de 5 franquicias por año. En el caso de la modalidad comercial, el límite únicamente es el de pesaje y valor FOB previamente mencionados. Sin embargo, no cuenta con limitaciones en las unidades.

Es decir, mientras la modalidad privada solo abona un 21% de IVA, en el caso del courier comercial, la mercadería queda sujeta al pago de la totalidad de los tributos que gravan la importación y exportación para consumo, según el régimen general. 

También están alcanzados por la percepción de los demás tributos que determinen normas vigentes al momento del registro de la operación. Por lo general, para las personas que se dedican a la reventa, suelen elegir esta opción. Los motivos principales son su practicidad y rapidez, ya que permite obtener la mercadería en menos de un mes a precios competitivos.

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