El organismo sigue avanzando en materia de comercio exterior e ir hacia un esquema de libre importación. La medida se hizo efectiva con la disposición 3562/2025
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) ya no intervendrá en la importación de productos de salud que tengan como objetivo el uso personal, como cosméticos o higiene.
Esta decisión se agrega a todas las medidas que el organismo estatal ha estado implementando en el último tiempo con diferentes bienes importados.
Es oficial: ANMAT ya no interviene en la importación de productos cosméticos y de higiene
El objetivo de esta decisión se centra en simplificar procesos y maximizar la eficiencia en la gestión pública, tal como planteó a principio de este mes, cuando se anunció la normativa N° 2857/2025 la cual elimina los controles ejercidos para la importación de productos médicos.
Cabe recordar que estos tenían que poder ser utilizados directamente por los pacientes, sin necesidad de prescripción profesional. En cuanto a la no intervención en los productos cosméticos y de higiene, según lo dispuesto, entre los productos que ya no requerirán la intervención de la ANMAT para su importación se encuentran los cosméticos, productos domisanitarios de venta libre, productos de higiene oral de uso odontológico y productos higiénicos descartables de uso externo.
A su vez, se encuentran elementos descartables de uso intravaginal y aquellos reutilizables. Según trascendió del organismo, además de equilibrar la libertad del usuario con una operación más dinámica, la decisión responde a una necesidad de desregulación de mecanismos.
En qué casos ya no interviene ANMAT y cuáles son los bienes alcanzados
Desde ANMAT resaltaron que, a partir de esta flexibilización, la importación y utilización de dichos productos queda bajo la exclusiva responsabilidad del usuario final. Esto significa que las personas que importen estos artículos asumen los riesgos y consecuencias que puedan surgir a raíz de su adquisición y el uso de los mismos.
En paralelo, establecieron: “Se encuentra prohibida la comercialización y/o utilización, con fines de lucro y/o distribución gratuita, de estos”. No obstante, pese al cambio en materia de regulaciones, el organismo recordó que esta autonomía de gestión no se encuentra exenta de advertencias y que los individuos deben estar informados sobre las decisiones que tomen al respecto.
De esta forma, se podrán importar sin inconvenientes los siguientes productos:
- Pastas dentales y enjuagues bucales
- Pañales descartables para bebés y adultos
- Toallitas femeninas
- Protectores diarios y absorbentes de leche materna
- Tampones
- Colectores del flujo menstrual, incluida la copa menstrual