mercado internacional

Aduana

Desregulación de importaciones: entró en vigencia una medida clave para Aduana

La resolución de Aduana fue publicada en 2024, pero recién entrará en vigencia esta semana. Te contamos los detalles de la medida La resolución 237/2024, publicada en agosto del año pasado en el Boletín Oficial, eliminó una gran cantidad de controles y trabas burocráticas sobre las importaciones. No obstante, en la resolución se detallaba que la medida entraría en vigencia a los 90 días hábiles de su publicación, por lo que sus efectos en las industrias y la economía del país en general será a partir de este mes. Dentro de la resolución se detalla la eliminación de la potestad de la Aduana para controlar cargas sujetas a reglamentos técnicos, lo que agiliza la importación. Qué productos dejarán de ser controlados por Aduana y cuáles son los principales cambios Los siguientes productos dejarán de ser controlados por Aduana:  Con respecto a los principales cambios, este nuevo esquema busca agilizar los trámites aduaneros y facilitar el flujo de mercancías, lo que reduce costos y tiempos. Anteriormente, el organismo era el encargado de hacer una inspección visual de las cargas y verificar los certificados que acreditan la seguridad de los productos importados. Este control permitía asegurar que los productos cumplían con los requisitos técnicos establecidos antes de comercializarse en el país. Con la entrada en vigencia de esta nueva normativa, se elimina el control tradicional, el cual se reemplaza por uno más digitalizado. En esta línea, los sellos físicos se reemplazarán por códigos QR, lo que le permite tanto a las entidades de inspección como a los consumidores finales acceder a la información de certificación de forma ágil y eficiente. Al mismo tiempo, se eliminan elementos del proceso de “desaduanaje” como los canales rojos obligatorios, las estampillas, los estudios de dumping para varias mercaderías, los valores referenciales, entre otros. De esta forma, importar productos es mucho más simple, con menores costos y tiempos de espera, además de fomentar el comercio exterior al eliminar barreras administrativas que dificultaban el ingreso de productos al país.

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Los autos importados más vendidos

Cuáles son los autos importados más vendidos del 2024

Con la facilitación de las importaciones y la disminución de aranceles, se incrementaron la venta de vehículos importados en 2024 En el 2024, la modificación en el esquema de importaciones de vehículos automotores en Argentina le permitió a los argentinos acceder a un mercado más abierto sin la necesidad de autorización discrecional del gobierno de turno. Esto benefició tanto a las empresas como a los consumidores. En este sentido, pese a la recesión económica del año pasado y que las medidas para facilitar las importaciones se tomaron sobre el final del año, la cifra de ventas en todo el 2024 fueron mejor, en comparación con el 2023. En total se vendieron 414.041 unidades, de las cuales 390.467 fueron autos y vehículos comerciales livianos, y 14.732 vehículos comerciales pesados. Los autos importados más vendidos en 2024 Dentro de los autos importados más vendidos en el 2024 se encuentra el Toyota Yaris, siendo el vehículo más vendido del año, con una participación del 5,3%. Según los especialistas, heredó gran parte de los clientes del Etios, que ya dejó de fabricarse. Por detrás quedó otro modelo originario de Brasil y que, por no entrar a principio del 2024, no pudo concluir el año con un mayor porcentaje. Se trata del Volkswagen Polo, un modelo que en 2023 tuvo el 1,7% del mercado y terminó el 2024 con el 4,1 por ciento.  Cabe resaltar que, pese a quedar por debajo del modelo de Toyota, la estrategia de Volkswagen fue más fuerte, ya que el volumen del Polo aumentó un 115,1% en 2024. En el segmento de los SUV, el Toyota Corolla Cross fue el más vendido, con un aumento del 37% en sus ventas y el tercer vehículo importado más vendido del país. En concreto, pasó de 11.300 unidades vendidas en 2023 a 15.418 en 2024. Esto representó el 3,9% del mercado de autos 0KM, superando a competidores como el Volkswagen Taos. Con la implementación de nuevas medidas en materia de importación, se espera que las cifras de este 2025 sean superiores a las del 2024.

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Courier privado y puerta a puerta

¿Cuál es la diferencia entre el esquema puerta a puerta y el courier privado?

Si bien, a simple vista, el esquema puerta puerta y el courier privado parecen similares, existen marcadas diferencias entre uno y otro. Con los cambios anunciados por el Gobierno en materia de importación, la compra de artículos importados como celulares y consolas de videojuegos, entre otros, es mucho más simple y económico. En este sentido, para aprovechar al máximo las ofertas de las grandes tiendas online del exterior, tanto en China como Estados Unidos, se deben hacer por uno de los dos esquemas: courier privado y el “puerta a puerta”. Desde De Bonis Comex Solutions te contamos en qué consisten estas dos alternativas y qué características hay que tener en cuenta (costos, tiempos, franquicias, etc) Características del courier privado Se trata de un servicio en el que participan empresas privadas, con envíos veloces y seguros, pero con un costo más elevado que el correo tradicional. Además, no abona aranceles de importación por los primeros 400 dólares (5 veces al año), siempre que se trate de productos para consumo personal. Es decir, solo abona un 21% en concepto de IVA. El límite es de 50 kilos por paquete y no tiene limitación en cuanto al envío. El monto máximo por operación es de USD 3.000 y, para acceder a la franquicia, no se puede presumir intención comercial ni traer más de 3 productos de la misma especie. Características y diferencias con el esquema puerta a puerta Se trata de un esquema en el que solo pueden operar personas humanas que necesitan ingresar al país mercadería que no supere los US$3.000. Este valor abarca el costo de la mercadería, el seguro y flete internacional. Además, se encuentra limitado a 20 kilos por paquete (30 kilos menos que el esquema courier privado), debe ser de uso personal y tanto su especie como cantidad no deben presumir una finalidad comercial, lo cual será evaluado por el servicio aduanero. Los primeros 12 envíos, a razón de uno por mes, cuenta con una franquicia de US$50 cada uno libre de impuestos. Es decir, si el valor de la compra (mercadería, más seguro y flete) es igual o inferior a dicho monto, entonces no se abona ningún producto. En el caso de superar dicho valor, se abona un impuesto equivalente al 50% del excedente. Por ejemplo, si el valor total de la compra es de US$400, el monto sujeto a impuestos es de US$350. En este caso, se abonarían USD 175 en concepto de impuestos, mientras que en el esquema courier privado, con la franquicia, USD 84. No obstante, si la compra es de USD 50, en el esquema puerta a puerta no se abonaría nada, mientras que en courier privado se deberá abonar USD 10,25. Además, se debe tener en cuenta que, bajo este sistema, los consumidores deben ingresar a la página web del Correo Argentino, crear un usuario y hacer el “Aviso de Compra”. Este se debe realizar desde el sitio web del correo utilizando el número de rastreo de la compra y completar la Declaración Simplificada de Envíos Postales Internacionales. Por último, el envío a través del Correo Argentino suele ser mucho más económico en comparación con el esquema courier privado.

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ARCA toma medida para importaciones

ARCA toma medidas para reducir tiempos y costos en importaciones

La medida de ARCA apunta a facilitar el comercio exterior, bajar costos para los importadores, mejorar los controles aduaneros, entre otros factores La Agencia de Recaudación y Control Aduanero, más conocida como ARCA, ente que reemplazo a la antigua AFIP, estableció un nuevo procedimiento para el traslado de mercadería con canal rojo o naranja de selectividad en el proceso de importación. La medida fue oficializada a través de la Resolución 5644/2025 publicada en el Boletín Oficial. Según el documento, se agilizará el comercio exterior, disminuirán los costos y se hará más eficiente el control aduanero.  Esto permitirá que los importadores trasladen sus cargas desde la zona primaria aduanera hasta un depósito fiscal dentro de la misma jurisdicción aduanera Para garantizar la respectiva seguridad del traslado, se implementará el uso del Precinto Electrónico de Monitoreo (PEMA). A su vez, la verificación de la mercadería se llevará a cabo en el depósito fiscal de destino en lugar de la zona primaria de arribo. La resolución busca complementar normativas anteriores y entrará en vigencia a fines del presente mes de febrero. ARCA: los detalles de la normativa que facilita el comercio exterior Según ARCA, la Dirección General de Aduanas (DGA) implementó una nueva normativa que le permite a los importadores trasladar sus mercaderías a un depósito fiscal para hacer inspecciones físicas y documentales, brindando una mayor flexibilidad a la vez que se reducen los tiempos en el proceso. A diferencia de las terminales portuarias, los depósitos fiscales tienen un costo significativamente menor, con tarifas de hasta un 80% más bajas en promedio. Para que se garantice la seguridad del traslado, la mercadería deberá ser acompañada por personal de seguridad, contar con guía satelital y estar protegidas mediante el Precinto Electrónico de Monitoreo (PEMA).  En una fase inicial, la propuesta solo se llevará a cabo en la zona Metropolitana, donde hay 45 depósitos fiscales habilitados, y luego se expandirá a todo el país conforme a un cronograma que, de momento, no se definió. Antes de este cambio, los importadores tenían que mantener sus contenedores en terminales portuarias hasta que fueran inspeccionados por la DGA, lo que ocasionaba elevados costos operativos, en especial en aquellos casos sujetos a control físico dentro del Canal Rojo de selectividad. Con esta nueva modalidad, ARCA reafirma su compromiso con la modernización de los procedimientos aduaneros y la optimización de recursos, eliminando trabas para el comercio internacional y mejorando la competitividad argentina. Nueva reglamentación de ARCA, ex AFIP Desde el ente, señalaron las siguientes cuestiones De esta forma, a fin de febrero, será mucho más fácil importar mercadería.

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Repuestos autopartes

Se liberan las importaciones de repuestos en Argentina: cuántas se pueden traer y cada cuanto

El Gobierno Nacional incorporó a las autopartes al “régimen de pequeños envíos”, facilitando su adquisición El Gobierno Nacional anunció una nueva medida que impacta en el comercio exterior, en especial en el sector automotor. Esta es la inclusión de las autopartes dentro del régimen de pequeños envíos vía courier privado, permitiendo la importación privada de repuestos. Además, al incluirse dentro del esquema de pequeños envíos, no es necesario tramitar el Certificado de Homologación de Autopartes de Seguridad (CHAS). Esta decisión va en línea con la decisión de facilitar el acceso a una mayor variedad, calidad y precios competitivos por parte de los argentinos. En otras palabras, piezas fundamentales como amortiguadores, ópticas, lámparas, frenos, entre otros elementos de seguridad, se podrán importar sin la necesidad de cumplir con el CHAS, lo que hará que sea más simple y barato adquirir repuestos para los consumidores. ¿Qué requisitos se deben cumplir para poder importar autopartes bajo el régimen de pequeños envíos? Si bien el régimen de pequeños envíos incluía productos como juguetes, tecnología, artículos de colección, entre otros, también había varias restricciones, en especial para las piezas automotrices. No obstante, se debe cumplir con ciertos requisitos y límites establecidos.  En este sentido, la normativa de pequeños envíos le permite a las personas físicas o jurídicas traer hasta cinco envíos por año, los cuales no pueden exceder los US$3.000 por vuelo ni 50 kilos por paquete, aunque no hay restricciones en el peso total. Además, acceden a una franquicia de US$400, ya que este régimen es para productos uso personal, por lo que no se permiten fines comerciales. Dicha franquicia exceptúa el pago, por dicho monto, de derechos de importación y tasa de estadística, pero el impuesto al valor agregado (IVA) debe abonarse en todos los casos.  Asimismo, para acceder a la franquicia en la adquisisicón de autopartes, la operación no debe estar conformada por más de tres unidades de la misma especie. En el caso de no usarla, no hay límites en la cantidad de unidades. También se estableció que, para las operaciones, no será obligatorio contar con un domicilio fiscal electrónico constituido. A su vez, los prestadores de servicios postales deberán conservar las constancias digitalizadas de entrega por cinco años. En cuanto a los medios de pago, estos dependen de la empresa con el cual se lleve a cabo la transacción. Los más comunes son tarjetas de débito y crédito, como también las transferencias bancarias. Por último, es obligatorio contar con un CUIT y clave fiscal de ARCA con un nivel de seguridad mínimo de 3. Con esta nueva regulación, el Gobierno se inclina por un esquema futuro de libre comercio,  facilitando la adquisición de bienes, en este caso autopartes, dinamizando la economía y mejorando la competitividad de distintos sectores. A su vez, la nueva medida de la Aduana habilita la importación de todo tipo de repuestos para autos y motos. La modalidad ya se encuentra vigente según ARCA, ex AFIP.

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Dólar oficial

Qué es el dólar oficial y por qué es clave a la hora de importar

Pese a la desregularización del mercado de cambios, aún existen varios “tipos de dólar”, siendo el “oficial” uno de los más importantes En la actualidad, hay una gran variedad de tipos de cambios en el mercado: el blue o informal, el bolsa o MEP, el contado con liquidación (CCL), entre otros. Sin embargo, a la hora de importar, el tipo de cambio de referencia es el denominado “oficial“. Si bien el valor de este suele ser el más bajo de todos y no puede tomarse como referencia en una gran cantidad de operaciones, como en la adquisición de un inmueble, no sucede lo mismo en materia de importación. ¿Qué es el dólar oficial? Se trata del valor determinado por los gobiernos para el dólar, sin impuestos ni recargos de ningún tipo. Este, por lo general, suele tomarse como base para el cálculo de otros tipos de cambio como el “dólar ahorro” o el “dólar turista/tarjeta”. Por lo general, suele basarse en el tipo de cambio vendedor publicado por el Banco Nación. En materia de comercio exterior, es de suma importancia, ya que es el valor que se suele pagar por las exportaciones, salvo acuerdos especiales, como también el valor que abona el importador para traer bienes del exterior. No obstante, este tipo de cambio solo aplica a las importaciones oficiales, por lo general por mayor, y no en esquemas como el “Puerta a Puerta” ni vía courier privado. En esos casos, se aplica el dólar tarjeta, el cual, si bien no tiene el recargo del Impuesto PAIS, se aplica la retención a cuenta del Impuesto a las Ganancias. Por lo tanto, para importaciones de ese estilo, la alternativa al pago en pesos tomando en cuenta el “valor tarjeta” es recurrir a alguno de los tipos de cambios libres. Entre ellos se encuentran el dólar blue y MEP. El primero es un tipo de cambio informal y se considera ilegal, por lo que su uso puede acarrear varias consecuencias para la persona que importa. Estas van desde apercibimientos hasta el pedido de justificativo de fondos. El segundo es legal y libre. En términos simples, se accede a través del mercado bursátil, adquiriendo un bien (que cotiza en ambas monedas) en pesos y vendiéndolo en dólares. De esta forma, se obtiene un valor implícito por dólar. Por ejemplo, si se compraron 10 bonos a $1200 cada uno, en total se abonó $12.000. Si estos se venden en dólares y se obtienen u$s10, la división entre los pesos pagados por los dólares recibidos arroja un valor implícito de $1.200 por dólar. Luego, el producto se paga con dólares en cuenta, debitándose de una caja de ahorro o cuenta corriente. En el caso de importaciones de China y por mayor, en De Bonis Comex Solutions se puede acceder al dólar oficial, lo que deja un mayor margen de ganancia. Con más de 15 años en el rubro, diseñamos un esquema simple en el cual el cliente selecciona el producto deseado, abona y espera la mercadería en la puerta de su local. Si te interesa traer mercadería por mayor, no dudes en contactarnos.

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Tasa estadística

Se prorroga la tasa estadística a las importaciones

El PEN extendió por tres años la tasa estadística que cobra ARCA sobre las importaciones que se realizan en nuestro país El Poder Ejecutivo Nacional prorrogó por tres años la alícuota del 3% para la Tasa Estadística, la cual aplica ARCA e impacta en las importaciones para consumo, lo que incrementa los costos de este tipo de operaciones. La medida se oficializó a través del Decreto 1140/2024, lo que extendió la vigencia de este impuesto hasta el 31 de diciembre del 2027- Qué es la tasa estadística y a qué bienes aplicará La tasa estadística grava con un 3% el valor de las mercaderías importadas y, según los distintos gobiernos, se usa para financiar los costos de control aduanero y recaudación. Sin embargo, tiene un gran impacto en los costos de importación. Queda excluido de su aplicación aquellas registradas en el marco de Acuerdos Preferenciales que contemplen una exención, como también aquellas que incluyan mercaderías originarias de los países pertenecientes al MERCOSUR. Asimismo, la alícuota de la tasa estadística también será del 0% para la importación de ciertos bienes de capital destinados a la producción de hidrocarburos provenientes de reservorios no convencionales, como también para ciertas líneas de producción usadas y productos para la industria hidrocarburífera. Además, la aplicación de la tasa no podrá superar los siguientes valores máximos: Cabe recordar que la extensión de la vigencia de la tasa estadística se hizo en cada vencimiento. La anterior ocurrió en el 2020 durante la gestión anterior y se había prolongado hasta el 31 de diciembre del 2024.

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exportaciones e importaciones

El Gobierno modificó el Código Alimentario  para dinamizar las exportaciones e importaciones

A través del decreto 35/2025, se simplificaron los trámites relacionados con la gestión sanitaria de las importaciones y exportaciones de productos alimenticios El Gobierno, a través del decreto 35/2025, el cual entra en vigencia a partir del día de hoy, modificó el Código Alimentario Argentino (CAA). La medida busca hacer más rápidos y eficientes los controles comerciales de las importaciones y exportaciones, con el fin de optimizar los procesos regulatorios del sector. Los principales cambios del Código Alimentario Según la normativa nacional, la totalidad de alimentos, aditivos alimentarios, bebidas, condimentos y materias primas que se elaboren, fracciones, conserven, transporte, expenda o expongas, deben ir en línea con las exigencias del mencionado código, sin importar su origen. Con respecto a su importación, el cambio llevado a cabo por el Gobierno indica que se considerarán como cumplidas las exigencias del código alimentario argentino si los productos alimenticios, envases cuentan con certificación emitida por países considerados de alta vigilancia sanitaria.  En estos casos, para ingresar al país, solo se deberá completar una Declaración Jurada de Importación sin la necesidad de que la autoridad sanitaria nacional competente solicite exigencias adicionales. De esta forma, la inscripción en los Registros Nacionales de Productos Alimenticios (RNPA) y la declaración de sellos, como también de advertencias nutricionales, se limitará a completar una declaración jurada de importación. De esta forma, se evita la duplicación de controles, lo que conlleva mayores costos y tiempos más largos. ¿A quiénes está destinada la desregulación de los procesos de inscripción de las exportaciones e importaciones? Tal como se mencionó previamente, está orientada a productos que provengan de países con estándares sanitarios similares o superiores a los que rigen en Argentina. Estos se encuentran en tratados de reciprocidad o en acuerdos de integración económica. Por ejemplo, países como Australia, Nueva Zelanda, Canadá, Estados Unidos, Israel, Japón, Suiza, el Reino Unido o el bloque de la Unión Europea. Con respecto a las exportaciones, los productos deberán ajustarse a los requisitos que solicite el país de destino y solo serán necesarios los certificados pertinentes de las autoridades sanitarias argentinas en el caso de que lo requiera el país receptor. Por otro lado, los productos para uso industrial y las muestras que carezcan de valor comercial, se mantendrán bajo las normativas establecidas por la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), al mismo tiempo que se mantienen vigentes las disposiciones sobre la notificación obligatoria de las exportaciones bajo la órbita del Instituto Nacional de Alimentos (INAL). En el caso de las importaciones, será necesario conocer los datos de la empresa importadora, del producto, el depósito de mercadería, la información en relación con rótulos o etiquetas (según la legislación vigente), el destino y la autorización de comercialización o el certificado de libre venta del producto.

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Antidumping

El Gobierno modifica una norma clave en materia de importaciones

Luis Caputo, ministro de Economía, anunció cambios en las medidas antidumping para fomentar la competitividad  Este jueves, el Gobierno publicó en el Boletín Oficial una serie de modificaciones que reafirman la decisión de una mayor apertura económica del país. Es decir, habrá competencia entre los productos locales con aquellos provenientes del exterior. Según el ministro de Economía, se modificará el sistema antidumping, herramienta que tienen las compañías nacionales para denunciar la competencia de productos importados que ingresar al país con un valor menor al de mercado en su país de origen. En concreto, se derogaron los decretos 1059/96, 1219/06 y 1393/08, mientras que la normativa nueva busca actualizar y consolidar las normas existentes para que haga sentido con la Ley 24.425. Esta última es la que aprueba los resultados de la Ronda Uruguay de Negociaciones Comerciales Multilaterales y el Acuerdo de Marrakech por el que se establece la Organización Mundial del Comercio (OMC). Modificaciones centrales en las medidas antidumping El Decreto 33/2025, publicado en el Boletín Oficial, trae consigo varias modificaciones en el sistema antidumping. Una de ellas es la reducción de los plazos de duración de las futuras medidas antidumping. Estas pasan de una duración de 5 años con renovaciones ilimitadas a una vigencia de 3, con una única posibilidad de extenderse por 2 años más. Por lo general, los derechos antidumping se usan cuando el precio de un producto importado se vende por valores debajo del mercado del país de origen, lo que genera una competencia desleal con aquellos fabricados en Argentina. No obstante, en nuestro país, estas medidas funcionan como un derecho adquirido, lo que evita la competencia y encarece el costo de vida de las personas. De hecho, hay productos en Argentina que, con más de dos décadas de protección, duplican el valor al que se comercializan en otros países, como sucede con las planchas en nuestro país comparado con Europa. De hecho, los derechos antidumping que abonan algunos productos pueden superar ampliamente el 200%. Para arreglar este problema, el Gobierno determinó que las investigaciones previas a la aplicación de estas medidas contarán con un plazo máximo de 8 meses, contra los 12 que estaban anteriormente. Además, los trámites también se simplifican, ya que, en lugar de presentar la documentación en dos dependencias distintas, ahora se gestionará todo en la Comisión Nacional de Comercio Exterior. A su vez, la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia y la Subsecretaría de Defensa del Consumidor del Ministerio de Economía estarán a cargo del análisis de los casos “para garantizar que las decisiones consideren tanto el interés público como el de los consumidores”. Según lo explicado por las autoridades nacionales, con la reforma anunciada “se fomenta la competencia, se restituye la función original de los derechos antidumping y se busca un comercio exterior más transparente y equilibrado“.

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Régimen puerta a puerta

¿Qué es el régimen puerta a puerta y cómo funciona?

Para envíos pequeños y de uso personal, ARCA (antiguamente AFIP) cuenta con una modalidad “puerta a puerta” que permite importar productos con facilidad. Históricamente, comprar productos importados ha sido un verdadero desafío, ya que ha conllevado trámites largos y engorrosos. Sin embargo, en los últimos años, la modalidad se ha simplificado gracias a la modalidad “puerta a puerta”. Este esquema permite, de forma simple y rápida, adquirir productos de consumo personal sin trámites burocráticos. Es decir, si bien se suele involucrar a plataformas que actúan de intermediarios entre el país del extranjero y Argentina para realizar las gestiones de importación, no requiere de una gestión activa por parte del cliente. Esquema puerta a puerta: requisitos de ARCA (Ex AFIP) Se trata de un esquema en el que solo pueden operar personas humanas que necesitan ingresar al país mercadería que no supere los US$3.000. Este valor abarca el costo de la mercadería, el seguro y flete internacional. Además, se encuentra limitado a 20 kilos por paquete, debe ser de uso personal y tanto su especie como cantidad no deben presumir una finalidad comercial, lo cual será evaluado por el servicio aduanero. Los primeros 12 envíos, a razón de uno por mes, cuenta con una franquicia de US$50 cada uno libre de impuestos. Es decir, si el valor de la compra (mercadería, más seguro y flete) es igual o inferior a dicho monto, entonces no se abona ningún producto.  En el caso de superar dicho valor, se abona un impuesto equivalente al 50% del excedente. Por ejemplo, si el valor total de la compra es de US$175, el monto sujeto a impuestos es de US$125. Por ende, el tributo que se abonará será de US$62,5. Si se exceden los 12 envíos, se abona el 50% del total de la compra. En este caso, serían US$87,5.  Además, se debe tener en cuenta que, bajo este sistema, los consumidores deben ingresar a la página web del Correo Argentino, crear un usuario y hacer el “Aviso de Compra”. Este se debe realizar desde el sitio web del correo utilizando el número de rastreo de la compra y completar la Declaración Simplificada de Envíos Postales Internacionales. Cómo completar el procedimiento de aviso al correo Para completar el aviso al correo se debe ingresar a su página web e informar su número de celular y un mail. Una vez que se tenga el usuario creado, se debe completar la Declaración Simplificada de Envíos Postales Internacionales. El sistema solicitará el número de tracking, es decir, los dígitos de seguimiento que mandó el correo. Cuando se esté haciendo la declaración, se podrá ver la información con la que cuenta el correo. Es decir, los datos de origen del envío y los de la persona que recibe el paquete, los cuales se pueden confirmar o modificar. En el caso de que este no cuente con esa información, se deberán colocar los datos que falten. Asimismo, mientras se completa la declaración, se podrá autorizar al personal del correo para que te represente cuando se haga la verificación física del paquete. Una vez que se termine de cargar la declaración, se calculará el monto a abonar. Es importante tener presente que el servicio aduanero puede llegar a requerir que el contribuyente vaya personalmente para entregar el paquete. No obstante, si la persona autoriza al correo para que lo represente en la verificación, no es necesario que asista a la sucursal. Una vez verificada la mercadería, se recibe el envío puerta a puerta, salvo casos expresos por parte del servicio aduanero. Se debe tener en cuenta que el servicio aduanero puede cambiar el valor declarado de la mercadería, de acuerdo a lo que observen en la verificación.  En esos casos, se generará una liquidación complementaria que el correo notificará inmediatamente para que se abone el monto correspondiente. Por último, cuando del análisis de la información que se brinde en la declaración o de la verificación física surja que las mercaderías necesitan intervenciones o certificaciones (que no impliquen la exclusión al régimen), se deberá tramitarlas y después concurrir con la documentación correspondiente para la entrega presencial. ¿Cuál es la diferencia con importar productos por mayor? Dentro del régimen puerta a puerta, lo más común es acudir a plataformas que se encarguen del proceso, las cuales permiten, de forma simple y rápida, adquirir el producto deseado en el exterior y recibirlo en la puerta del hogar. Dentro de las más conocidas se encuentran Aerobox,Tienda Mia, entre otras. Debonis Comex Solutions trabaja para superar este tipo de experiencia comprando al por mayor, algo único en el país.  Con más de 15 años en el mercado, buscamos simplificar la operatoria para el cliente, el cual, en la práctica, solo debe elegir el producto deseado, abonar y esperar la mercadería en la puerta de su local. Si te interesa traer mercadería por mayor, no dudes en contactarnos.

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